Normativa de derivación


Esta institución se dispone a la recepción de personas , con derivación calificada por parte de unidades de atención primaria y secundaria en la comuna. La derivación corresponde a tres perfiles :

  1. Jóvenes de ambos sexos de entre 18 y 25 años que han recibido diagnóstico psiquiátrico, y su médico tratante considere el beneficio de un acompañamiento local para la prevención de discapacidad, el seguimiento de su tratamiento, la recuperación de actividades y desarrollo de actividades de inclusión. Se trata de jóvenes que en caso de tener problemas de consumo de drogas, se encuentren abstinentes por más de seis meses. Se considera importante la participación de la familia.

 

  1. Adultos de ambos sexos de entre 26 y 50 años en situación de discapacidad de causa psíquica, con problemas de exclusión, para los que su médico tratante o la unidad de rehabilitación considere el beneficio de apoyo local, su activación diaria y seguimiento de tratamientos farmacológicos y apoyo a la familia.

 

  1. Adultos de entre 18 y 50 años que habiendo recibido diagnóstico psiquiátrico, y siendo refractarios a tratamiento psiquiátrico, se considera el beneficio de seguimiento comunitario con objetivo de prevención de descompensaciones asociadas a la discontinuidad de la atención.

 

En todos los casos se considera importante que las personas derivados pertenezcan a la comuna o sus alrededores cercanos. No se beneficia la población dual, sin familiar responsable, personas sin tratamiento o médico tratante o en tratamiento en estudio.

Resulta altamente perjudicial la derivación a esta unidad con la expectativa laboral, es decir que las familias o las personas esperen de antemano obtener por estos medios un trabajo.